SEGURIDAD EN ESPECTACULOS
Nueva reglamentación para recitales
en locales bailables
02/05/2005
-
Desde la semana pasada está en marcha la nueva
reglamentación para realizar recitales en los
locales bailables de la Ciudad. Desde ahora los
boliches podrán realizar espectáculos de música en
vivo desde los trágicos hechos de República
Cromañón.
El
nuevo secretario de Seguridad Diego Gorgal declaró
el día en que asumió su cargo que "la
reglamentación es para el boliche que organiza un
recital; no afecta a los recitales convencionales,
o a un bar que alguna vez pidió habilitación
accesoria para ofrecer un show musical".
La
normativa reglamenta el Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº 2, que obliga a los boliches bailables
a obtener un "permiso especial previo" para poder
realizar "espectáculos musicales en vivo como
actividad accesoria a la de baile". A partir del
decreto reglamentario se precisó cómo se debe
obtener ese permiso especial.
Hay
más de 50 locales que cumplieron los requisitos y
se inscribieron en el Registro Público de Lugares
Bailables y están en condiciones de solicitar esta
autorización. "El permiso nos posibilitará
organizar una agenda de controles y establecer
prioridades en las inspecciones", explicó Gorgal.
Según la resolución aprobada el jueves, se
entiende por "espectáculo musical en vivo todo
evento en el que quien conoce el arte de la música
o lo ejerce, ejecute sonidos de la voz humana y/o
de uno o varios instrumentos musicales y/o actúe
en play back, en forma viva y directa". Se aclara
que ese espectáculo se desarrollará "como
actividad accesoria al baile".
La
DGHP autorizará o denegará el permiso especial
previo un día antes de la fecha del espectáculo.
Los boliches deberán informar, entre otras
exigencias, el tipo de espectáculo en vivo y el
nombre de la banda y en ningún caso podrá
permitirse el acceso o permanencia de menores de
18 años en el local después de las 0 horas.
El
boliche podrá solicitar en una única presentación
permiso para realizar un máximo de 48
espectáculos, por un plazo de cuatro meses. De
comprobarse que alteró la información girada al
Gobierno, podrá ser sancionado con un año de
inhabilitación para ofrecer música en vivo.