Bandera de la Ciudad de Buenos Aires

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DECLARACIONES DE LA INTEGRANTE DE RED POR BUENOS AIRES

Sandra Dosch deslegitima el juicio político
contra Ibarra

15/11/2005 - La diputada Sandra Dosch, integrante de la fuerza política Red por Buenos Aires que lidera el ex-El secretario de Obras y Servicios Públicos, Abel Fatala, desestimó las imputaciones que se le hacen al Jefe de Gobierno Anibal Ibarra y por las que se pretende llevarlo a Juicio político.

La diputada dijo: La comisión debió investigar en serio, respetar las normas del debido proceso, escuchar y valorar los testimonios ofrecidos, para obtener y analizar pruebas documentales, todo lo que estuviera a su alcance para contribuir al esclarecimiento de los hechos.

Sin embargo el informe cargado de subjetividad y carente de fundamentación para llegar al resultado que arribó, denota la intencionalidad desde su inicio de inculpar al Jefe de Gobierno, incurriendo incluso para ello, en vicios de procedimiento que podrían derivar en la nulidad de todo lo actuado. En este sentido cabe mencionar:

En primer lugar, la falta de precisión de algunos de los cargos de acusación.

En segundo lugar, la formulación de cargos que no corresponden al mandato en curso del Jefe de Gobierno, sino a un mandato anterior(años 2000 al 2003) y que por lo tanto no pueden ser objeto de juicio político de acuerdo a lo que establece la Constitución en su art. 92.

Cualquier imputación referida a hechos acaecidos en un mandato ya concluido no puede ser considerada por la comisión, aún por voluntad de los ciudadanos del Poder Ejecutivo este representado por la misma persona.

En cuarto lugar, la comisión investigadora decidió no analizar las conducta de los funcionarios de organismos de otras jurisdicciones, así como tampoco las responsabilidades que pudieron caberle a particulares.

Esto hubiera servido para contextualizar adecuadamente la actuación de la administración de la Ciudad. La propia comisión reconoce respecto del código contravencional que la aplicación de sus normas corren por cuenta de la Policía Federal y de los fiscales contravencionales.

La Comisión a omitido todo aquello que pudiera deslindar la responsabilidad del Jefe de Gobierno en la tragedia ocurrida el 30 de diciembre.

Se imputa al Jefe de Gobierno el incumplimiento del ejercicio del poder de policía. Todos sabemos que para el pleno ejercicio de estas funciones, derivadas de la autonomía de la Ciudad, se requiere de la modificación de leyes nacionales que no están al alcance del Poder Ejecutivo de la Ciudad.

Por último, la falta de investigación respecto del desarrollo previo del área de habilitaciones y control.

Cabe preguntarse porque, si es que el poder de policía es función del Jefe de Gobierno y se imputa a Anibal Ibarra por las inspecciones que el local recibió o no durante su mandato , la comisión considera, en la investigación realizada, que en la gestión anterior las personas involucradas en la habilitación del local solo alcanzan al nivel de Director General.

Se imputa al Jefe de Gobierno la decisión de disolver el área de Verificación y Control en noviembre del 2003 con el argumento de que los viejos inspectores con rutina podrían haber evitado la tragedia.

Sin embargo fue la vieja estructura de inspecciones la que permitió que un local como el Reventón existiera y que posteriormente se transformara en Cromañon. Durante seis años dicha estructura permitió que una habilitación fraudulenta le sirviera a sus dueños para operar al amparo de una legislación que no obligaba a revalidarla.

Es razonable entonces inferir que los cambios producidos por Ibarra tuvieron incidencia en la tragedia? Evidentemente , no.

Dice la comisión que la habilitación correspondía al local bailable clase C pero funcionaba como microestadio y que el gobierno no controló los requisitos para ese uso comercial. No solo ese uso comercial no existe sino que estos lugares no necesitaban pedir autorización porque su habilitación incluye el concepto de “variedades” y la propia comisión reconoce que la realidad supera las formalidades.

Es Ibarra quien debía alterar normativas para poder clausurar, buscando algún resquicio o interpretación para eludir la normativa vigente y las formalidades o debíamos nosotros los legisladores garantizar la actuación de la normativa para que el Poder Ejecutivo pudiera controlar y hacerla cumplir adecuadamente?

Cual es el alcance de la responsabilidad en este caso del Jefe de Gobierno? Es Infinita?

El jefe de gobierno no tiene entre sus funciones analizar expedientes de habilitación o disponer de la realización o no de inspecciones, para eso existe la delegación de funciones al área correspondiente.

De no existir tal delegación, tendríamos que imaginar a un jefe de Gobierno golpeando cada puerta para cobrarles a los vecinos los impuestos, para do en cada esquina controlando la conducta de automovilistas y peatones , rellenando cada bache y arreglando cada vereda.

Cromañon no sucedió por falta de medidas ni de política en el áreas, ni como consecuencia de ellas, sucedió a pesar de ellas.

Ocurrió en pleno proceso de transformación el cual se estaba llevando adelante con la intención de mejorar un funcionamiento que fue deficiente durante mucho tiempo.

Cabe entonces impedir que Anibal Ibarra finalice su mandato por falta de idoneidad o mal desempeño por lo ocurrido en un área de su gobierno?.

El juicio político es un instrumento que no debe ser utilizado salvo justificadas razones de gravedad institucional que justifique torcer la voluntad popular para destituir al Jefe de Gobierno antes de tiempo. Y esos hechos deben ser atribuibles directamente al Jefe de Gobierno, situación que no es tal en este caso.

Quizá la frase que sintetice con mayor precisión el pensamiento de Sandra Dosch sea esta: "Debe ser en la causa judicial y no en un juicio político donde se determinen las responsabilidades y culpabilidades si las hubiera".

Carlos Davis

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