SALUD Y DERECHOS
¿Hospitales
para porteños?
25/12/2007
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El Ministro de salud
porteño,
Jorge Lemus,
lanzó hace unos días una noticia que causó un gran revuelo:
los hospitales de la ciudad de Buenos Aires brindarían en el
futuro un trato preferencial a los pacientes porteños con
referencia a sus pares bonaerenses. La medida, que tiene
antecedentes inmediatos, puso en el tapete el tema del uso y
saturación de los servicios (salud y educación) porteños por
parte de usuarios que provienen de otras jurisdicciones.
Como contrapartida, el gobierno provincial amenaza con
aumentar las restricciones al ingreso de basura proveniente
de la Capital Federal.
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Los argumentos
escuchados tanto a favor como en contra de la línea de
pensamiento expuesta poseen aristas entendibles y otras
criticables. Quizá lo bueno de esta situación es que hizo
visible públicamente un conflicto que desde hacía tiempo
amenazaba con estallar súbitamente sin poder ser
convenientemente desactivado. |
El trato "preferencial" que
se le daría a los porteños
en sus hospitales está
sustentado en la idea de que
son ellos los que sustentan
el sistema de salud con sus
impuestos y contribuciones.
La provincia, por su parte,
apoyándose en que la ciudad
atiende a sus enfermos, no
estaría poniendo los
recursos necesarios como
para mejorar un sistema de
baja calidad e insuficiente
infraestructura.
Con la educación ocurre
algo similar. Las escuelas de los barrios porteños cercanos
al cinturón sudoeste bonarense carecen de vacantes.
Si bien este planteo
favorece a los porteños, la balanza se equilibra cuando
hablamos del tema basura. La ciudad depende de la provincia
para disponer de las muchas toneladas de basura que genera.
Esta situación que no es menor obliga a que las partes deban
sentarse a una mesa para tratar de pensar en conjunto
soluciones que satisfagan a ambas partes. Es decir,
desarrollar estrategias comunes que ataquen a los problemas
que afectan a ambos jurisdicciones de manera integral y
consensuada.
Los que se oponen a la
medida propuesta por el Ministro de Salud sostiene que
nuestra carta magna (la Constitución de la Ciudad de Buenos
Aires) establece en su artículo 11º la garantía de un trato
igualitario a todas las personas , independientemente de su
lugar de procedencia:
ARTICULO 11.-
Todas las personas tienen idéntica dignidad y son iguales
ante la ley.
Se reconoce y garantiza
el derecho a ser diferente, no admiténdose discriminaciones
que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de
raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión,
ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos,
condición psicofísica, social, económica o cualquier
circunstancia que implique distinción, exclusión,
restricción o menoscabo.
La Ciudad promueve la
remoción de los obstáculos de cualquier orden que, limitando
de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno
desarrollo de la persona y la efectiva participación en la
vida política, económica o social de la comunidad.
La medida reconoce un
antecedente cercano: en marzo del 2006 se estudió la puesta
en funcionamiento de un sistema de reserva de turnos vía
telefónica, aplicable a los 33 hospitales públicos de la
ciudad, reservado a aquellos ciudadanos que tuvieran al día
sus impuestos. Los morosos, o los que residieran en otras
jurisdicciones, tendrían acceso a los turnos mencionados por
medio del sistema tradicional, es decir, concurriendo
personalmente al centro de salud a primera hora de la
mañana.
El tema está instalado.
Los dirigentes deberán ahora establecer acuerdos que
garanticen el acceso de todos sus ciudadanos a los servicios
de calidad que sin duda merecen.
Carlos Davis