Por octavo año consecutivo, los Ministerios
de Educación y Cultura, la Subsecretaría de
Derechos Humanos del Gobierno de la Ciudad y
la Comisión de Derechos Humanos de la
Legislatura de la Ciudad, organizan las
Jornadas Estudiantiles de los Derechos
Humanos. Estas Jornadas nacen a partir de la
sanción de la
Ley 297
y buscan involucrar la participación de los
jóvenes de las diferentes instituciones
educativas de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en la problemática de derechos humanos
a través del desarrollo de sus capacidades
artísticas. Este año, cada participante
podrá elegir qué derecho/s trabajar mediante
la realización de una obra inédita en alguna
de las diferentes categorías que integran el
certamen:
Plástica
(collage o pintura)
Audiovisual
(videos o fotografías)
Letras
(nota periodística, poesía, ensayo o
historieta)
Multimedia
(página web, blog o programación flash).
Los trabajos, que pueden ser de carácter
individual o colectivo, serán premiados con
la entrega de un diploma y de libros.
También las instituciones que representan a
los ganadores recibirán un diploma. Con
posterioridad al acto de cierre y entrega de
premios, se realizará una muestra de los
trabajos premiados.
Los trabajos se recibirán del 8 al 19 de
octubre en la Dirección General de Enseñanza
Artística, Sarmiento 3401 3er. piso, en el
horario de 10 a 15 hs.
Aquellos estudiantes que tengan dudas o
preguntas podrán llamar al 4339-1700 interno
1930/1932.
Carlos Davis
LEY N° 297
INSTITUYESE EL PREMIO "JORNADAS
ESTUDIANTILES DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES"
Buenos Aires, 25 de noviembre de 1999.
La Legislatura de la Ciudad AutOnoma de
Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º — Institúyese el premio
"Jornadas Estudiantiles de los Derechos
Humanos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires", que se otorgará a los cinco (5)
mejores trabajos originales presentados
sobre la temática, en cada uno de los
niveles educativos, por los alumnos que
cursan en los establecimientos estatales y
privados de la Ciudad.
Art. 2º — Una Comisión integrada por
representantes de la Secretaría de
Educación, Secretaría de Cultura, Comisión
de Derechos Humanos del Gobierno de la
Ciudad, y de la Comisión de Derechos Humanos
de la Legislatura elaborará anualmente las
pautas para la participación y establecerá
el reglamento de las Jornadas.
Art. 3° — La Secretaría de Educación
invitará a participar a los alumnos de los
establecimientos educativos de la
jurisdicción y pondrá en conocimiento las
pautas elaboradas por la comisión mencionada
en el artículo anterior.
Art. 4° — Los trabajos a presentar podrán
ser de carácter individual o colectivo.
Art. 5° — El Jurado estará compuesto por 4
miembros designados por el Poder Ejecutivo,
3 designados por la Legislatura y 2
representantes de organismos de Derechos
Humanos.
Art. 6° — Los trabajos seleccionados
integrarán la muestra anual estudiantil de
derechos humanos de la Ciudad.
Art. 7° — El premio consistirá en la entrega
de diploma de participación en las "Jornadas
estudiantiles de los Derechos Humanos de la
Ciudad de Buenos Aires" y de un libro para
cada unos de los autores premiados, así como
un diploma y material bibliográfico para el
establecimiento educativo al que pertenecen
los alumnos premiados.
Art. 8° — Se otorgará diploma al trabajo más
votado por los concurrentes a la Muestra
Anual.
Art. 9° — Harán entrega de los premios
representantes del Poder Ejecutivo, de la
Legislatura y representantes de Organismos
de Derechos Humanos.
Art. 10 — Los gastos que demande la
implementación de la presente ley se
imputarán a la Jurisdicción 55, -Secretaría
de Educación-, del Presupuesto General de
Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2000
y subsiguientes.
Art. 11 — Comuníquese, etcétera.
IBARRA Miguel O. Grillo