POR LA LIBRE
ELECCIÓN DE LA OBRA SOCIAL
¿Qué pasará
con el bus turístico?
02/01/2008
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La Obra Social para
el personal de la Ciudad de Buenos Aires será intervenida
por un lapso de 180 días. El anuncio realizado en la tarde
de hoy por el Jefe de Gobierno porteño Mauricio Macri
profundiza el enfrentamiento que se había suscitado con
el
Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA) por el despido de 2300 agentes
contratados. A diferencia del resto de las obras sociales
que permiten la libre elección de sus afiliados, los
adherentes forzados de la ObSBA permanecen cautivos y sin
posibilidad de abandonar el servicio ineficiente y precario
que se les ofrece día a día.
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Si bien la
medida lanzada por Macri puede interpretarse como un nuevo
eslabón en la cadena de conflictos entablada con la
jerarquía del gremio que nuclea a los "Municipales"
porteños, la libre elección de la obra social es uno de los
reclamos más antiguos e ignorados de buena parte de los
trabajadores de la ciudad. |
Las gestiones anteriores
habían privilegiado la
"buena relación" con los
gremialistas que controlan
la ObSBa al reconocimiento
de los derechos (presentados
muchas veces de manera
judicial) de los
trabajadores, los cuales
simplemente deseaban poder
elegir la obra social que a
su criterio les brindara el
mejor servicio.
En este sentido, la
ObSBA había sido observada por la Auditoría General de la
Ciudad de Buenos Aires quien en un informe realizado en la
primera mitad del 2007 encontró deficiencias graves en el
procedimiento de Compras y Contrataciones realizadas por la
entidad. El informe de la Auditoria manifiesta
explícitamente la falta de colaboración obtenida de las
autoridades de la obra social, lo cual derivó en una
denuncia presentada por los auditores ante la Justicia Penal
solicitando se investigue la presunta concreción de delitos
que violen el art. 248 del Código Penal.
(NdR: Capítulo
4: Abuso de autoridad y violación de los deberes de los
funcionarios públicos. Art. 248: Será reprimido con prisión
de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble
tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u
órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o
provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta
clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento
le incumbiere).
Antecedentes
La Ley 472 de agosto de
2000 crea la OBSBA, reemplazando al IMOS. Los artículos 37 y
38 obligan a adherir al Sistema Integrado Nacional a partir
de 2003, lo que significa la desregulación.
* Existen 350.000
afiliados de los cuales 121.000 son cautivos directos,
160.000 son familiares y 70.000 jubilados y pensionados.
* Los afiliados aportan
el 6% cuando el resto de los trabajadores aporta el 3%.
* OBSBA incumple
sistemáticamente con los aportes que debe hacerle al GCBA
por utilización de hospitales públicos.
* En 2001, a un año de
sancionada la ley, el gobierno de Aníbal Ibarra intervino
OBSBA con el objetivo de sanear las cuentas, reducir el
pasivo y mejorar la atención de los afiliados, pero la
intervención fue muy corta y no dio resultados.
* El 20 de setiembre de
2006 el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad falla en
el caso ‘Corti Laura Fabiana c/OBSBA s/amparo’ intimando al
GCBA a que adhiera al Sistema Integrado Nacional en un plazo
de 30 días.
Los gremios docentes de
la ciudad vienen luchando desde hace tiempo para lograr la
apertura de la Obra Social y el libre traspaso de sus
afiliados. En tal sentido, el 13 de abril pasado se realizó
una concentración frente a la Jefatura de Gobierno para
entregar un petitorio avalado por miles de trabajadores de
la educación que tenía por consigna:
¡Libre opción de
Obra Social ya!
Los docentes de la
ciudad exigimos al jefe de gobierno el inmediato
cumplimiento del artículo n°37 de la ley n° 472, que permite
la libre opción de obra social. Como así también las
sentencias judiciales a favor de la misma.

Carlos Davis