Bandera de la Ciudad de Buenos Aires

Kiosco de La Floresta y Locomotora La Porteña

  Escudo de Floresta

Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LOS VECINOS DE "SALVEMOS A FLORESTA" DENUNCIAN

Por nuestros árboles

12/01/2009 - El grupo de vecinos que trabaja bajo el colectivo "Salvar a Floresta" hace una denuncia referida a la tala indiscriminada de varios árboles de nuestro barrio. Esta poda fuera de término podría perjudicar de manera notable la salud de varios añosos ejemplares. De persistir este tipo de actitudes se pondría en peligro la calidad ambiental de la que gozamos en este barrio, espacio que los vecinos han elegido por la tranquilidad de sus calles, la pureza de su aire y la estirpe de sus antiguas casonas. Salvemos a Floresta es la consigna de los vecinos..., es el grito de un barrio movilizado.

En los últimos día del año se ha registrado la tala de un árbol en Bogotá y Segurola. Esta se suma a la ya denunciada en Bahía Blanca y Bacacay y a la poda de las distintas especies que se encuentran sobre la calle Bogotá. Con este nuevo acto se continúa violando la ley 1556 que norma lo atinente al arbolado urbano de Buenos Aires.

El ejemplar mencionadol no obstaculizaba el paso de personas. Tampoco tenemos información de que haya existido una evaluación previa a la tala, ni que se haya enviado un aviso previo.

También se efectuó la poda de las distintas especies que se encuentran lo largo de la calle Bogotá, entre Segurola y Chivilcoy. Realmente desconocemos la urgencia que llevó a practicar la tala. El artículo 10 de la ley 1556 establece:

… “Poda. A través de la autoridad de aplicación se podrán efectuar tareas de podas de ramas y/o raíces sólo cuando sea necesario garantizar la seguridad de personas y/o bienes, la prestación de un servicio público, la salud de la comunidad y/o la conservación del arbolado público.

Consultados a distintos ingenieros agrónomos pertenecientes a varias universidades nacionales, establecen que la época más conveniente depende de la especie y de las condiciones climáticas. Las especies de hojas caducas se deben podar durante el reposo vegetativo impuesto por los fríos. El mejor momento para podar es cuando la planta tiene las reservas altas, es decir desde la caída de las hojas en otoño hasta fines del invierno, pero siempre antes de que empiece la brotación.

El peor momento para podar es cuando las hojas se están formando (ya que las reservas están en un nivel mínimo), y cuando las hojas están cayendo (ya que pierden reservas necesarias para la formación de raicillas). Para las especies de follaje persistente es aconsejable la poda en la misma época que las caducifolias, ya que tienen en ese período menor actividad. Las podas en períodos de intensas heladas resultan perjudiciales para el vigor futuro de las plantas.

Si bien la mayoría de las ordenanzas municipales autorizan la poda desde el 15 de mayo al 15 de agosto, es necesario realizar una evaluación previa para iniciar esta actividad. (Ing. Agrónomo César Omar Núnez)

Si la poda se hace indebidamente (ignorando las reglas elementales para efectuarla), tanto en el tipo y forma de corte, como en la época adecuada, diámetro de ramas, tipo de especie a podar, (hay plantas que no admiten la poda) es indudable que el arbolado se deteriora grandemente, llegando a veces (si esta se repite varios períodos consecutivos), a producir la deformación y la muerte de los ejemplares, impactando en la estética y en la regulación favorable del medio ambiente.

Jamás se debe efectuar la poda rasa que comunmente se lleva a cabo en la base de las ramas principales, esto disminuye la actividad fotosintética de los ejemplares en un 90% además de otros trastornos fisiológicos y en la arquitectura natural de las plantas.

Como norma general podemos decir:

a) Las secciones de las ramas a podar, no existiendo razones imprescindibles, no deben exceder más de 10 cm de diámetro. Esto puede modificarse y solo puede realizarse en aquellas especies sumamente rústicas (Plátano, Fresno, Almez, entre otros) los cuales llegan a cicatrizar las heridas efectuadas siempre y cuando la época de poda sea la propicia.

b) Nunca se debe realizar la poda que disminuya más del 25 - 30 % de la superficie foliar. Un árbol grande posee una superficie foliar de fotosíntesis de unos 1500 a 2000 metros cuadrados, si se realiza la poda en la base de las ramas, prácticamente eliminando la copa, se produce una disminución de un 90 % de la misma, o sea que en el ejemplar podado se reduce la superficie foliar a 200 metros cuadrados en la primera su primera foliación, con los consiguientes trastornos tanto estructurales como vegetativos (chupones, ramas finas, retorcidas, débiles con goetropismo positivo) que desmejoran el aspecto típico del vegetal. También se producen brotes y hojas suculentas muy susceptibles a algunas enfermedades.

c) Los árboles mutilados no forman raíces normales, disminuyendo notablemente el volumen de éstas que a veces no alcanzan a cubrir las necesidades de la parte aérea, tanto en lo que se refiere a la provisión de nutrientes y agua como también al anclaje del árbol al suelo, no guardando relación el sistema radicular con la copa, corriendo los ejemplares así tratados serio peligro de caída. Esta relación en plantas sin poda se mantiene en equilibrio permanente y es fundamental para el crecimiento y la vitalidad de la misma.

d) Es una norma fundamental no producir en la poda ningún tipo de desgarramiento. En este tipo de heridas la cicatrización es prácticamente nula, muriendo en la mayoría de los casos los órganos afectados.

(Pericles Abel Merlo / Nilo Antonio Bataglino Ing. Agrónomo)

Floresta sigue sufriendo distinto tipos de depredación, a la perdida constante de patrimonio arquitectónico, de la calidad ambiental, de la tranquilidad en sus calles típicas de barrio, hoy debemos sumarle el maltrato que sufren nuestros árboles con el daño que esto provoca ya que no sólo afecta nuestro ambiente y calidad de vida, sino que también afecta a nuestra identidad como barrio.

Salvar a Floresta
salvarafloresta@yahoo.com.ar

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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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