UN ESPACIO PARA
CONSTRUIR CONSENSO
Mediación y
arbitraje
23/01/2011
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La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires le
recuerda a los vecinos que se encuentran disponibles dos
servicios fundamentales para la resolución de
conflictos: la mediación y el arbitraje. La judicialización
de conflictos es un procedimiento costoso y lento.
Frente a esta característica la mediación y el arbitraje se
presentan como procedimientos atractivos por su
gratuidad y corta resolución. La mediación busca
la intervención de un tercero para acercar las posiciones en
conflicto, mientras que el arbitraje
acepta la
opinión de una persona ajena para resolver la disputa
planteada.
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La mediación
es un método a través del cual un tercero neutral (el
mediador) facilita el diálogo entre las partes enfrentadas,
a fin de que éstas puedan llegar a un acuerdo que los
satisfaga. El arbitraje es un procedimiento mediante el cual
dos o más partes someten a un tercero neutral (árbitro o
tribunal arbitral) la decisión respecto de un conflicto. |
Las ventajas de la
Mediación
consisten en que es voluntaria, rápida, imparcial,
confidencial, gratuita, informal y extrajudicial.
Pueden ser sometidos a
mediación los problemas de convivencia entre vecinos, los
ruidos molestos y olores desagradables, las filtraciones de
humedad, las molestias por tenencia de mascotas, los
problemas interculturales, ecológicos y urbanísticos, las
desavenencias familiares, los problemas de consorcios
(excepto temas económicos), las cuestiones de
discriminación, conflictos de medianería, ocupación de
espacio público, violencia laboral, etc.
Las ventajas del
arbitraje consisten en que es voluntario, gratuito,
sencillo y rápido, inmediato, confidencial, imparcial y
neutral.
Las resoluciones
emitidas por los árbitros o tribunal arbitral (laudos)
tienen autoridad de cosa juzgada, son irrecurribles y pueden
ser ejecutados judicialmente. Son de cumplimiento
obligatorio para las partes.
Pueden ser sometidos a
arbitraje conflictos con empresas prestadoras servicio de
Internet, medicina prepaga, telefonía fija y móvil,
televisión por cable, planes de ahorro previo,
electrodomésticos, tiempo compartido, indumentaria, etc.
También disputas civiles (excepto cuestiones de derecho de
familia), disputas comerciales (tales como cuestiones con
entidades bancarias y/o financieras, compañías de seguros,
automotores, contratos comerciales), conflictos de
consorcios de copropietarios (excepto cobro de expensas),
casos en que las leyes de la Ciudad prevean el arbitraje
como método alternativo de resolución de conflictos (ejemplo
ObSBA), etc.
El Reglamento del
Servicio de Conciliación y Arbitraje de la Defensoría del
Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, prevé las
siguientes modalidades arbitrales:
Árbitro
Único de Derecho: Las partes por petición conjunta,
elegirán de común acuerdo al árbitro. Esta modalidad procede
también en aquellos conflictos cuyo monto sea inferior a mil
pesos. Su procedimiento es abreviado (un mes de duración
aproximadamente).
Tribunal
Arbitral Colegiado de Derecho:
Tres árbitros.
Procedimiento Arbitral, conformación del Tribunal, demanda,
contestación de demanda, ofrecimiento de prueba, audiencias,
potestades disciplinarias. Dos árbitros podrán ser elegidos
por las partes y el tercero será designado en sorteo público
a realizarse en la sede del Centro de Conciliación y
Arbitraje de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Amigables
Componedores: actuarán como árbitros de equidad. Las
partes podrán establecer que el árbitro o los árbitros
actúen como amigables componedores. La cuestión será
sustanciada sin sujeción a formas legales y los árbitros
procederán según su leal saber y entender, a verdad sabida y
buena fe guardada. El procedimiento podrá extenderse hasta
tres meses como máximo.
Para realizar consultas
sobre la utilización de estos servicios se deberá contactar
a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires (de
10 hs a 18 hs) concurriendo a Piedras 574, llamando al
4338-4900 (internos 7411/7440) o escribiendo un mail a
arbitraje@defensoria.org.ar.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa
Defensoría de la Ciudad de Buenos Aires