PROYECTO QUE VISIBILIZA LA
CONTAMINACIÓN DE LOS ALIMENTOS INGERIDOS
"Mala Sangre"
en la Ciudad
02/08/2014
- El Equipo Legislativo
"Verde al Sur", coordinado por el
diputado Pablo Bergel (Bloque Verde Alameda), invita a los
vecinos de la ciudad a la presentación de la campaña
pública y del proyecto legislativo “Mala Sangre en la
Ciudad”, una iniciativa que propone revisar qué sustancias
extrañas y tóxicas puede haber en la sangre de los
ciudadanos de la Ciudad de Buenos Aires, provenientes de la
ingesta de alimentos contaminados. El evento tendrá lugar el lunes 4 de agosto a las 18 hs. en el Salón Jauretche de la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Bs. As. (Perú 160).
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Estará
presente el Ing. Agrónomo Claudio Löwy, de la
Asociación Civil en Defensa del Ambiente Bios, integrante de
la Red Nacional de Acción Ecologista (RENACE), y del Doctor
Damián Verzeñassi, titular de la cátedra de Salud
Socioambiental de la Universidad Nacional de Rosario y
miembro de la Red de Médicos de Pueblos Fumigados. |
La campaña, realizada inicialmente en Mar del Plata por
la Asociación Bios, consiste en detectar a partir de la toma
de muestras de sangre, la acumulación en el organismo de
sustancias químicas potencialmente peligrosas como
agrotóxicos y químicos domésticos, usadas como pesticidas
comunes en la producción fruti hortícolas, que se encuentran
en la sangre de personas de ámbitos urbanos que solo tienen
contacto con estas por vía de los alimentos que consumen.
El diputado Bergel y dos asesores del Equipo legislativo
"Verde al Sur" realizaron los análisis pertinentes en su
propia
sangre y revelarán en la actividad los resultados.
También en la ciudad de Rosario se llevó adelante la
campaña y su Concejo Deliberante dictó una ordenanza (en la
que se inspiró el presente proyecto presentado por Bergel en
la CABA) en la que se invitó a que se hicieran los análisis
referentes de la política, el periodismo y la cultura local.
Los resultados señalaron una gran cantidad de residuos de
contaminantes promedio, vinculados a los agroquímicos
utilizados para las prácticas agrícolas.
Proyecto
de Ley
Fue presentado
por el diputado Bergel
en la Legislatura Porteña (Expte. 1882-D-2014), acompañado
con la firma del diputado Hernán Rossi (Bloque SUMA +).
Artículo 1º:
Créase la Campaña "Mala Sangre" que estará a cargo de la
máxima autoridad en materia de Salud de la Ciudad.
Artículo 2º:
La campaña tiene como finalidad:
a)
Concientizar a los funcionarios responsables de la
aplicación de normativas destinadas a controlar la
aplicación de sustancias fitosanitarias y la calidad y
sanidad de los alimentos.
b)
Concientizar a la población en general sobre los posibles
riesgos a la salud que puede generar la acumulación en el
organismo de sustancias químicas.
c) Determinar
la acumulación en el organismo de sustancias potencialmente
peligrosas enunciadas en el anexo que forma parte de la
presente ley..
d) Generar
estadísticas fehacientes en la materia para sustentar la
mejora de la normativa vigente y su actualización
permanente.
e) Realizar
controles específicos con respecto a los residuos tóxicos
que pudieran presentarse en las frutas y verduras como así
también en el agua de consumo .
Artículo 3º:
Invítese a funcionarios, legisladores, periodistas y
personalidades del arte, de la cultura y del deporte de la
ciudad de Buenos Aires, a participar de la "Campaña Mala
Sangre".
Articulo 4º:
Serán invitados especialmente a participar de la Campaña
"Mala Sangre" los siguientes funcionarios:
Jefe y
Vicejefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Vice-Presidente
Primero de la Legislatura Autónoma de Buenos Aires.
Legisladores
miembros de las Comisiones de Salud y de Ambiente de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ministro de
Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ministro de
Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
Ministro de
Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
Ministro de
Salud de la Nación.
Secretario de
Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
Artículo 5º:
Los análisis se realizaran en laboratorios con
reconocimiento internacional en la materia, que cuenten con
la tecnología necesaria para detectar la presencia de las
sustancias detalladas en el anexo de la presente.
Artículo 6º:
El Poder Ejecutivo realizará la difusión de la Campaña "Mala
Sangre" a través de medios masivos de comunicación masiva, y
todos los canales de comunicación con los vecinos que posee
el Gobierno de la Ciudad, en los Hospitales y Centros de
Salud, en las Comunas y en todas las reparticiones que
poseen atención al público, lugares públicos de
esparcimiento y centros de promoción.
Articulo 7º:
El Poder Ejecutivo deberá remitir el informe de los datos
estadísticos obtenidos y los mismos serán publicados en la
página Web del Gobierno de la Ciudad, de la Legislatura, y
por los medios establecidos en el artículo anterior de la
presente Ley.
Artículo 8º:
Comuníquese.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa
Bloque Verde Alameda