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Proponen crear un servicio de cremación de mascotas en Chacarita

Cremación de mascotas

16/10/2026 - En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la convivencia con animales de compañía se ha consolidado como un rasgo estructural de la vida urbana. Perros y gatos forman parte cotidiana de los hogares porteños, estableciendo lazos afectivos de profunda significación social. Sin embargo, cuando la vida de estos animales llega a su fin, la infraestructura pública y el marco normativo actual revelan un vacío histórico. Ante la lamentable pérdida de un integrante no humano de la familia, los vecinos carecen de una opción estatal accesible y organizada para la disposición final de sus restos. Esta deuda quedaría saldada si la Legislatura porteña aprueba un proyecto de cremación de mascotas.

La iniciativa (Exp. N.° 1694/2026) busca brindar un tratamiento digno, higiénico y empático a los restos de animales de compañía en la Ciudad de Buenos Aires. Propone aranceles sociales, gratuidad para sectores vulnerables, bonificaciones a organizaciones rescatistas y la creación de un espacio memorial para la despedida de las familias.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la convivencia con animales de compañía se ha consolidado como un rasgo estructural de la vida urbana. Perros y gatos forman parte cotidiana de los hogares porteños, estableciendo lazos afectivos de profunda significación social. Sin embargo, cuando la vida de estos animales llega a su fin, la infraestructura pública y el marco normativo actual revelan un vacío histórico. Ante la lamentable pérdida de un integrante no humano de la familia, los vecinos carecen de una opción estatal accesible y organizada para la disposición final de sus restos.

Con el objetivo de resolver esta problemática socioambiental y sanitaria, se presentó en la Legislatura porteña el Proyecto de Ley N.° 1694/2026, el cual promueve la creación del Servicio Público de Cremación de Animales de Compañía. La propuesta legislativa procura saldar una deuda de larga data en materia de salud pública y bienestar animal, garantizando condiciones sanitarias seguras y ofreciendo una respuesta institucional cargada de empatía hacia los ciudadanos.

  Un vacío estructural en la gestión de la Ciudad

En la actualidad, las alternativas para disponer de los restos de un animal de compañía en la Capital Federal son escasas y complejas. Por razones de salubridad y normativa ambiental, está prohibido sepultar restos animales en espacios públicos como plazas o parques, así como en la inmensa mayoría de las propiedades privadas urbanas.

En la práctica, los tutores de mascotas quedan acorralados entre dos caminos:

  El circuito privado: La contratación de empresas particulares de cremación, cuyos aranceles resultan en muchos casos prohibitivos o inaccesibles para familias de ingresos medios y bajos.
  El circuito de residuos: La entrega de las mascotas a servicios veterinarios o al sistema de recolección para ser tratados como residuos patológicos.

Tal como se enfatiza en los fundamentos de la norma, tratar a un animal que compartió años de vida dentro de un hogar como un mero desecho o residuo patológico resulta insensible e indigno para el vínculo afectivo construido. La falta de un servicio estatal regular fomenta, asimismo, situaciones irregulares que pueden acarrear riesgos para la salud pública y el medio ambiente.

  Chacarita como punto de partida institucional

El proyecto dispone que el Servicio Público de Cremación funcionará en una primera etapa dentro del Cementerio Público de la Chacarita. La elección de esta sede responde a que el predio cuenta con la infraestructura adecuada, ubicación estratégica, conectividad y la experiencia institucional necesaria para ponerse en marcha sin necesidad de erigir un complejo edilicio desde cero. No obstante, el texto legal habilita expresamente a la Autoridad de Aplicación a ampliar las instalaciones a otros puntos del territorio porteño a medida que la demanda lo requiera.

Entre las principales atribuciones conferidas a la Autoridad de Aplicación que designe el Poder Ejecutivo, se destacan:

  Dictar el reglamento operativo y administrar el sistema.
 
Coordinar con el Ministerio de Salud la fiscalización sanitaria y ambiental del proceso.
 
Implementar un sistema transparente de asignación de turnos, combinando la atención presencial y digital.
 
Publicar informes periódicos sobre el desempeño, la cantidad de servicios prestados y el volumen de atención.

  Un modelo de acceso equitativo: Aranceles, gratuidad y rescatistas

El espíritu de la norma se sustenta en principios de universalidad, accesibilidad económica y equidad social. Para evitar que la situación económica de una persona determine la posibilidad de despedir con dignidad a su mascota, el articulado establece un esquema arancelario regulado por el Estado, complementado con exenciones y beneficios específicos:

  Criterios de asignación de turnos: Al momento de gestionar una solicitud, se priorizará no solo la antigüedad de la orden, sino también motivos sanitarios urgentes, la condición socioeconómica de los peticionantes y el requerimiento de las agrupaciones proteccionistas.
  Gratuidad por vulnerabilidad social: El servicio será 100% gratuito para aquellos tutores con domicilio en CABA que acrediten estar atravesando situaciones de vulnerabilidad social.
  Atención a animales de la vía pública: La cremación será gratuita para aquellos animales hallados sin vida o rescatados en la vía pública que no posean chip, identificación ni tutor conocido, rescatados por el Gobierno de la Ciudad, por personas particulares o por proteccionistas.
  Convenios con organizaciones rescatistas: La Autoridad de Aplicación suscribirá acuerdos directos con ONG y grupos de rescate animal de la Ciudad para otorgarles bonificaciones especiales en el arancel.

  Espacio de Memoria y resguardo de la Salud Pública

Uno de los aportes más innovadores de la iniciativa es el sentido humano otorgado al duelo familiar. El Artículo 4° impone la obligación de acondicionar dentro del Cementerio de la Chacarita (y en cada sede futura) un Espacio de Memoria y Homenaje. Este sector será especialmente diseñado para ofrecer un entorno de paz, respeto y recogimiento donde los tutores puedan depositar las cenizas o realizar breves ceremonias de despedida.

En paralelo, el proyecto articula mecanismos de control sanitario y prevención del maltrato animal. El Artículo 5° exige que el servicio se preste bajo rigurosos protocolos sanitarios que evalúen la causa de muerte. Si el personal técnico interviniente observa indicios de violencia, lesiones compatibles con crueldad o circunstancias sospechosas que sugieran la comisión de un delito, estará obligado a dar intervención inmediata a la Justicia y a las autoridades competentes.

  Hacia una Ciudad más humana y sostenible

La cremación es reconocida internacionalmente como una técnica ambientalmente limpia y eficiente para la disposición de restos biológicos en zonas densamente pobladas. Evita la contaminación de suelos y napas subterráneas, reduce la saturación de espacios físicos y garantiza la inactivación de agentes patógenos.

Al combinar la sostenibilidad ambiental con la sensibilidad social, el Proyecto de Ley 1694/2026 busca colocar a la Ciudad de Buenos Aires a la vanguardia de las políticas públicas de tenencia responsable y bienestar animal. Se trata, en definitiva, de una norma que no solo aporta una solución técnica y preventiva en salud pública, sino que también valida y acompaña el dolor de miles de vecinos, reconociendo que el afecto por los animales trasciende la vida y merece una respuesta institucional acorde.

Carlos Davis

Fuente: Legislatura de la CABA


 
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