Bienes
que conforman el Patrimonio Cultural
de la Ciudad de Buenos Aires
a) Sitios
o lugares históricos vinculados con acontecimientos
del pasado, de destacado valor histórico, antropológico,
arquitectónico, urbanístico o social.
b)
Monumentos obras singulares de índole arquitectónica,
ingenieril, pictórica, escultórica u otras que sobresalen
por su valor arquitectónico, técnico, histórico, social o
artístico, vinculado a un entorno o marco referencial que
concurra a su protección.
c)
Conjunto o grupo de construcciones ubicadas en el área de
valor arquitectónico, urbano o tecnológico casco
histórico, centros, barrios o sectores históricos que
conforman una unidad de alto valor social y cultural.
d)
Jardines históricos productos de la ordenación humana
de elementos naturales, caracterizados por sus valores
estéticos, paisajísticos y botánicos que ilustren la
evolución y asentamiento humano en el curso de la
historia.
e)
Espacios públicos: plazas, plazoletas, bulevares,
costaneras, calles u otros. Su valor radica en función del
grado de calidad ambiental, homogeneidad tipológica
espacial, así como en la presencia en cantidad y calidad
de edificios de valor histórico, y de las condiciones
espaciales y funcionales ofrecidas para el uso social
pleno.
f) Zonas
arqueológicas: sitios o enclaves en los que se
compruebe la existencia real o potencial de restos y
testimonios de interés relevante.
g) Bienes
arqueológicos de interés relevante: extraídos o no,
tanto de la superficie terrestre o del subsuelo, como de
medios subacuáticos.
h)
Colecciones y objetos existentes en museos,
bibliotecas y archivos así como otros bienes de destacado
valor histórico, artístico, antropológico, científico,
técnico o social.
i) Fondos
documentales en cualquier tipo de soporte.
j)
Expresiones y manifestaciones intangibles de la
cultura ciudadana, que estén conformadas por tradiciones,
costumbres y hábitos de la comunidad así como espacios o
formas de expresión de la cultura popular y tradicional de
valor histórico, artístico, antropológico o lingüístico,
vigentes y/o en riesgo de desaparición.
k)
"Patrimonio cultural viviente" constituye una
particular categoría compuesta por aquellas personas o
grupos sociales, que por su aporte a las tradiciones, en
las diversas manifestaciones de la cultura popular,
ameriten ser consideradas como artífices de la cultura
porteña (Extraido del Anteproyecto de Ley Marco del
Patrimonio Cultural de Buenos Aires).
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