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CONTENCIÓN, EDUCACIÓN Y PREVENCIÓN

Se creó el programa "Salud Joven"

13/07/2006 - Por medio del Decreto Nº 478 el Ejecutivo de la Ciudad creó el programa "Salud Joven" que tiene la finalidad de promover el acceso de los adolescentes a los sistemas de atención y cobertura social y de salud, incentivando su compromiso con el propio desarrollo, activando acciones prioritarias con aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y/o carecen de cobertura de salud. El programa esta dirigido al grupo etario que va de los 15 a los 29 años y busca, además, la generación de jóvenes agentes multiplicadores que sean capaces de replicar estas enseñanzas y cuidados entre sus pares.

El programa se encargará de nuclear a los centros y profesionales que vienen desde hace tiempo trabajando con jóvenes en el tema de prevención y atención de la salud física y social. Se realizarán también talleres y jornadas destinadas a la formación de jóvenes promotores de la salud entre el grupo de sus pares.

El programa será coordinado por el Ministerio de Derechos Humanos y Sociales y el Ministerio de Salud de la ciudad, e incluye servicios de orientación vocacional y ocupacional, formación de promotores de salud joven, prevención de VIH/SIDA, enfermedades de transmisión sexual y adicciones, promoción de la salud reproductiva y afectiva, haciéndole conocer al joven su derecho a la salud.

Los objetivos específicos del programa son:

a. Generar conductas preventivas entre los y las jóvenes, con especial énfasis en su salud social, psicológica, afectiva, sexual y laboral, con la finalidad de reducir riesgos y consecuencias negativas en su desarrollo futuro;

b. Promover la replicabilidad y difusión de estas conductas entre pares, especialmente con aquellos que integran espacios o grupos sociocomunitarios, con eje en la construcción común y colectiva de la prevención, instando a la formación de redes;

c. Conformar un equipo de salud joven, integrado por profesionales de la unidad ejecutora del programa, fomentando su capacitación y formación coordinadamente con las áreas específicas del Ministerio de Salud;

d. Implementar acciones de atención, formación y sensibilización vinculadas a la salud joven, desde perspectivas y abordajes no formales, lúdicos y participativos;

e. Colaborar y contribuir con los servicios de salud específicamente vinculados a la temática juvenil, o que por su nivel de atención primaria permitan desarrollar capacidades, para mejorar las condiciones de accesibilidad de los y las jóvenes.

El decreto 478 designa a la Subsecretaría de Promoción e Integración Social como autoridad de aplicación del Programa "Salud Joven," y a la Dirección General de la Juventud como su Unidad Ejecutora.

Carlos Davis

Dirección General de la Juventud
Piedras 1281, piso 1º
Tel. 4307 5110/6744
0-800-333-JOVEN (56836)
https://www.i.gov.ar
 

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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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