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NUEVOS ASENTAMIENTOS URBANOS

Problemas de vivienda en la ciudad

19/07/2006 - La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires acaba de brindar un informe donde se denuncia el acrecentamiento de los asentamientos urbanos. Veinticuatro nuevos lugares han sido tomados por personas que viven en condiciones extremas. Baldíos, fábricas abandonadas, bajadas de autopistas, depósitos y terraplenes pueden transformarse en un refugio precario para los que viven al margen de una sociedad que pareciera no querer reconocerlos. Marginación, falta de trabajo, exclusión y difícil acceso a la vivienda, constituyen los ingredientes de esta mezcla siempre a punto de estallar.

Los desechos de la ciudad formal parecen ser la materia prima del mundo de los que nada tienen. Chapas, nylon, cartón y maderas conforman los ladrillos de estas construcciones que crecen donde pueden, cobijadas por la misma invisibilidad con que parecen ungidos sus dueños. Al fin, no vemos lo que no queremos ver.

La crisis del 2001 los multiplicó por millares. Siempre estuvieron allí, aunque ahora son más. Apenas los registramos cuando toman una casa o cuando se aposentan en los terrenos de un futuro parque. Allí el gobierno interviene, se los subsidia, se les paga para que se vayan, marcando quizá el camino para la obtención de unas migajas.

"La Ciudad" que nunca se comportó como una unidad a la hora de mapear el tipo de población que la habita, arroja en la actualidad cifras difíciles de digerir: "En el cordón sur donde vive el 31% de los porteños se concentra el 60,2% de personas con necesidades básicas insatisfechas (NBI) de la ciudad, mientras que en el noroeste -que concentra el 23% de la población- solo vive el 10% de los que tienen NBI.

Este diagnóstico debe en algún momento provocar algún tipo de decisión política para comenzar, al menos, a buscarle la vuelta a este drama que fragmenta, hoy más que nunca, a la sociedad de los porteños.

Las políticas sociales deben urgentemente detener esta inequidad creciente, a costa de provocar un caos difícilmente manejable o predecible si nada se hace al respecto, si se espera que las circunstancias obren por si solas y de manera mágica para corregir lo que amenaza con fracturarnos como sociedad que comparte solidariamente una suerte común.

Según el informe publicado por la Defensoría, "la población que habita en villas de emergencia aumentó un 300% entre 1983 y 1991 y un 150% adicional en la última década, alcanzando en la actualidad una cifra superior a las 120.000 personas. Por otra parte hay 200.000 personas que ocupan inmuebles tomados y otras 70.000 viven en inquilinatos. También hay 70.000 en hospedajes o alojamientos y 120.000 alojadas en viviendas de familiares, habitaciones rentadas o hacinadas en vivienda propia, todo lo cual informa que el 20% de los habitantes de la ciudad se halla en una situación habitacional deficitaria".

Continúa luego el informe diciendo: La pobreza urbana articula diversas estrategias habitacionales que van dejando sus huellas en la Ciudad e imprimiéndole una nueva fisonomía al espacio urbano. Una de las manifestaciones espaciales de esta pobreza la constituyen los asentamientos que se conforman en predios de antiguas fábricas abandonadas, terrenos vacantes, bajo autopistas y plazas. Estos espacios constituyen el nuevo y precario hábitat de un universo de familias que, a pesar de su evidente exposición, resultan invisibles para las políticas oficiales".

Nuevos asentamientos urbanos

Ubicación

Nombre Cantidad de Familias

Suárez y Pedro de Mendoza
(La Boca)

S/Nombre

100

Lamadrid y Pedro de Mendoza (La Boca)

S/Nombre

100

Avda. España 1800

Rodrigo Bueno

500

Avda. Lacarra y Avda. Roca

Autopista AU 7

700

Terrenos Ferroviarios Caballito

S/Nombre
S/D

Avda. Lacarra 2049 (entre las calles Santander, Fernández y la Avda. Santiago de Compostela)

Lacarra

40

Avda. Pinedo entre Suárez y Quinquela Martín

Nueva Esperanza

55

Avda. Riestra entre Portela y Mariano Acosta (Bajo Flores)

Los Pinos

250

Avda. Piedrabuena y las vías del Ferrocarril

Barrio Obrero

27

Miralla 3953 (Villa 20, Lugano)

S/Nombre

12

Francisco Cruz, Pola, Escalada y Chilavert (Villa 20)

S/Nombre

100

Manzana 28, Villa 20 (Lugano)

S/Nombre

100

Avda. Piedrabuena y Zuviría (Manzana 32 - Villa 15)

S/Nombre

170

Avda. Piedrabuena y Zuviría (Manzana 26 bis - Villa 15)

S/Nombre

130

Agustín Magaldi y Riachuelo

S/Nombre

55

Vélez Sarsfield 1988

Vélez Sarsfield

15

Puente Alsina y Riachuelo

El Pueblito

S/D

Puente Bosch (frente a Villa 26)

Puente Bosch

S/D

Calle Iguazú. Villa 21.24 (Barracas)

La Toma

S/D

Río Cuarto y Avda. Zabaleta (Barracas)

Villa La Robustiana

S/D

Ciudad Universitaria (Pabellón II)

Villa Ciudad Universitaria

76

Fraga 850 (esq. Avda. Forest)

Chacarita

120

Avda. Bermejo y Avda. Gral. Paz (frente a Villa 19)

Bermejo

60

Caballito

Ex Fábrica Morixe

42

El estado generalmente interviene para cubrir la urgencia y lo hace de un modo que resulta prácticamente ineficaz y francamente ineficiente. Mediante subsidios ayuda por un lapso que oscila entre los 4 a 6 meses a los grupos familiares que sufren desalojos o expulsiones. Sin embargo, esta herramienta no resulta eficaz para resolver situaciones caracterizadas por su cronicidad.

Teniendo en cuenta Si se consideran los grupos familiares que, en un breve lapso, serán desalojados, se advierte que el Estado deberá erogar una suma que se aproxima a un millón doscientos mil pesos ($1.200.000) para asegurar un albergue por un plazo no mayor a seis (6) meses. Vencido dicho plazo, sobrevendrá un forzado desplazamiento territorial hacia nuevas o aún peores condiciones de precariedad habitacional, por lo que, en la práctica, dicha erogación sólo importará un aplazamiento de la problemática y, en ningún caso, una solución sostenible para los grupos familiares afectados.

Pareciera entonces que la única solución que tiende a remediar el problema aprovechando a su vez los recursos de la ciudad es aquella que implica el cumplimiento de lo que la constitución asegura:

ARTICULO 20.- Se garantiza el derecho a la salud integral que está directamente vinculada con la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente.

ARTICULO 31.- La Ciudad reconoce el derecho a una vivienda digna y a un hábitat adecuado. Para ello:

  • Resuelve progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y servicios, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con necesidades especiales de escasos recursos.

  • Auspicia la incorporación de los inmuebles ociosos, promueve los planes autogestionados, la integración urbanística y social de los pobladores marginados, la recuperación de las viviendas precarias y la regularización dominial y catastral, con criterios de radicación definitiva.

  • Regula los establecimientos que brindan alojamiento temporario, cuidando excluir los que encubran locaciones.

ARTICULO 40.- La Ciudad garantiza a la juventud la igualdad real de oportunidades y el goce de sus derechos a través de acciones positivas que faciliten su integral inserción política y social y aseguren, mediante procedimientos directos y eficaces, su participación en las decisiones que afecten al conjunto social o a su sector.

Promueve su acceso al empleo, vivienda, créditos y sistema de cobertura social.

La lectura de estos 3 artículos parece decirnos con claridad y potencia que la constitución no representa el cimiento sobre el que se construye nuestra sociedad, sino más bien una enunciación de lo que nos gustaría poder alcanzar alguna vez.

Carlos Davis


Informe de la Defensoría del Pueblo


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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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