Bandera de la Ciudad de Buenos Aires

Kiosco de La Floresta y Locomotora La Porteña

  Escudo de Floresta

PROYECTO DEL JEFE DE GOBIERNO

La ciudad tendrá su Código Ambiental

14/09/2006 - Por medio de un convenio firmado entre la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y el gobierno porteño se dió el puntapié inicial para dotar a la Ciudad de Buenos Aires de un "Código de Protección Ambiental". El trabajo de redacción quedará a cargo de los especialistas de la FARN. El documento fue firmado por el ministro de Medio Ambiente, Marcelo Vensentini; el presidente de la Comisión de Ecología de la Legislatura porteña, Juan Manuel Velasco; y el director ejecutivo de la FARN, Daniel Sabsay. El código servirá para compendiar y ordenar las normas vigentes, a la vez que profundizar o crear aquella inexistente.

El acto fue llevado a cabo en el microcine del Palacio de Gobierno y sirvió para comenzar a definir un campo (la protección de medio ambiente) que si bien se encuentra contemplado en la Constitución de la Ciudad hasta el momento no había sido convenientemente desarrollado ni definido a pesar del tiempo transcurrido.

"Durante mucho tiempo vinimos trabajando en conjunto con la Legislatura, especialmente en los temas ambientales, tanto en lo que se refiere a las normas como a los procesos para reglamentarlas. Pero siempre quedaba pendiente esta deuda del Código Ambiental", explicó Vensentini.

El punto previo al de partida para comenzar a trabajar en el Código será la confección de un compendio o digesto que incluya la normativa vigente en materia de protección ambiental, entendiendo por tal a aquella que se ocupa de la protección y conservación del entorno ciudadano (calidad de aire y agua, bajos niveles de contaminación visual y sonora, tratamiento de residuos y efluentes, etc)

El proceso de creación del Código Ambiental contempla una labor conjunta entre los organismos mencionados (FARN, Ministerio y Legislatura) y las entidades (profesionales, ONG, concejos, etc) que por su actividad poseen criterios y visiones valiosas que pueden ser de utilidad, bien desde el aporte concreto o desde la crítica correctiva.

El tema ambiental va, lentamente, tomando la importancia que merece dentro de la estructura compleja de una ciudad como Buenos Aires. Muestra de ello lo tenemos en el programa "Buenos Aires Más Limpio" que se encarga de capacitar a las empresas en lo concerniente a una producción limpia y al desarrollo sustentable. También se encuentra en proceso de redacción la reglamentación de la ley de educación ambiental, que le otorga el carácter de asignatura curricular a dicho tema. el

La redacción del código puede llevar hasta tres años y medio, al menos ese es el tiempo máximo de trabajo estipulado. Se buscará por sobre todas las cosas una redacción consensuada por los actores intervinientes, de manera que al arribar a la legislatura para su aprobación  cuente con un apoyo mayoritario.

Carlos Davis


Constitución de la Ciudad de Buenos Aires

Capítulo cuarto

Ambiente

ARTICULO 26.- El ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.

Toda actividad que suponga en forma actual o inminente un daño al ambiente debe cesar. El daño ambiental conlleva prioritariamente la obligación de recomponer.


 Volver

29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


FIRME NUESTRO LIBRO DE VISITAS


DolarPeso.com